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14 de Mayo de 2018
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La Cámara de Diputados aprobó con 302 votos a favor reformas y adiciones a los artículos 172, 173, 174, 176 y 177 de la Ley Federal de Sanidad Animal, con el objetivo de sancionar de cinco a ocho años de prisión e imponer multas de 500 hasta tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización, a quien utilice clembuterol en el ganado.
En caso de reincidencia se duplicará la pena y multa, siempre y cuando esos actos sean con la finalidad de adicionarlas a los alimentos o bebidas de animales cuyos productos o subproductos estén destinados al consumo humano.
En materia de sanidad animal, estas disposiciones tienen por objeto establecer criterios técnicos y científicos para la clasificación, prescripción, comercialización y uso de los ingredientes activos empleados en la formulación de los productos farmacéuticos veterinarios por su nivel de riesgo, para evitar que éstos puedan ser nocivos a la salud animal, en beneficio de la salud humana.
El Diputado Ramón Villagómez Guerrero (PRI) señaló que la carne adulterada con químicos dañinos, como el clembuterol, puede causar grandes problemas a la salud y en perjuicio de las familias mexicanas.
Indicó que las familias requieren tener certeza de que todos los
alimentos que lleguen a casa sean seguros, y libres de cualquier sustancia
dañina para el cuerpo humano.
El dictamen aprobado se envió al Senado de la República para continuar con su trámite legislativo conforme lo establece el artículo 72 de la Constitución Política.
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